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Dirección General Adjunta de Planeación y Control de Recursos para Auditoría a Obra Pública

Atribuciones

De acuerdo al Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública PDF

ARTÍCULO 31.- Corresponderá a la Dirección General Adjunta de Planeación y Control de Recursos para Auditoría a Obra Pública, con referencia a los asuntos que les sean encomendados, el ejercicio de las siguientes atribuciones:

I.

Elaborar e integrar en coordinación con la Dirección General Adjunta de Auditoría a Obra Pública, el programa anual de auditorías y visitas de inspección a obra pública y servicios relacionados con la misma, así como de las actividades que desempeñan las áreas administrativas de la propia Unidad, e informar a ésta sobre los avances del mismo.

Para lo anterior, solicitará a las dependencias, las entidades, la Procuraduría y los fideicomisos públicos no paraestatales, los programas de obras públicas y de servicios relacionados con las mismas que al efecto formulen;

II.

Administrar la base de datos que contenga información de las empresas constructoras y prestadoras de servicios relacionados con obra pública que se realicen con recursos federales;

III.

Elaborar en coordinación con las unidades administrativas competentes la documentación y requisitos para la contratación y designación de especialistas externos para practicar en las dependencias, las entidades, la Procuraduría y los fideicomisos públicos no paraestatales, auditorías, visitas de inspección y verificaciones de calidad a la obra pública y servicios relacionados con la misma, así como para coadyuvar con la Unidad en el desarrollo de sus funciones, con recursos provenientes del cinco al millar previsto en el artículo 191 de la Ley Federal de Derechos;

IV.

Establecer los criterios y formatos para la integración de información estadística, así como proporcionar los resultados y evaluaciones de las actividades de la Unidad, que solicite su Titular, la Oficialía Mayor o la Contraloría Interna;

V.

Formular conjuntamente con la Dirección General Adjunta de Auditoría a Obra Pública, los programas, guías e instructivos que orienten y faciliten la planeación, programación, inicio, desarrollo y conclusión de las auditorías, visitas de inspección y verificaciones de calidad en materia de obra pública;

VI.

Elaborar en coordinación con las unidades competentes de la Secretaría, los lineamientos para la operación de los sistemas informáticos vinculados con el control, inspección y vigilancia de la obra pública y servicios relacionados con la misma, incluida la Bitácora Electrónica de Obra Pública, así como autorizar, en coordinación con la Dirección General de Tecnologías de Información, la operación de dichos sistemas, y los casos de excepción para su uso;

VII.

Promover la capacitación y certificación técnica en materia de control y auditoría a obra pública del personal auditor de la Secretaría y de los órganos internos de control de las dependencias, las entidades y la Procuraduría, así como de los especialistas externos;

VIII.

Integrar los requerimientos de capacitación del personal de auditores de la Unidad y participar, en coordinación con la Dirección General de Recursos Humanos, en la implementación de ésta;

IX.

Expedir copias certificadas de los documentos que obren en sus archivos, y

X.

Las demás que las disposiciones legales y administrativas le confieran y las que le encomiende el Secretario y el Titular de la Unidad de Control y Auditoría a Obra Pública.

Última actualización el Domingo, 14 de Noviembre de 2010 08:59
 

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