Dirección General de Auditorías Externas Atribuciones De acuerdo al Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública  ARTÍCULO 50.- Corresponderá a la Dirección General de Auditorías Externas el ejercicio de las siguientes atribuciones: | I. | Designar a los auditores externos de las dependencias, las entidades y la Procuraduría, así como a los de los fideicomisos públicos no paraestatales, mandatos y contratos análogos. Para el caso de auditorías externas a proyectos financiados por organismos financieros internacionales, la designación se realizará considerando lo establecido en los acuerdos técnicos celebrados por la Secretaría con dichos organismos; | | II. | Determinar los criterios de elegibilidad de las firmas de auditores externos, en función de sus antecedentes profesionales y definir los lineamientos técnicos y económicos para designar, controlar y evaluar la actuación de los mismos; | | III. | Definir los criterios y procedimientos de carácter técnico para el desarrollo de las auditorías externas; | | IV. | Coordinar el seguimiento a los hallazgos derivados del proceso de auditoría externa, con los órganos internos de control de las dependencias, las entidades y la Procuraduría; | | V. | Evaluar los resultados de los informes emitidos por firmas de auditores externos y si de los mismos se desprenden presuntas irregularidades en el cumplimiento de las funciones de los servidores públicos o daño patrimonial a la hacienda pública federal o al patrimonio de alguna entidad paraestatal, turnarlos a la autoridad competente para los efectos legales que correspondan; | | VI. | Requerir, cuando lo estime conveniente, información y documentación a las dependencias, las entidades y la Procuraduría, así como a sus órganos internos de control y solicitar, además, a proveedores y contratistas los datos e informes que requiera; | | VII. | Informar a su superior jerárquico los resultados de las auditorías practicadas por firmas de auditores externos; | | VIII. | Definir conjuntamente con los organismos financieros internacionales los criterios y procedimientos de carácter técnico para el desarrollo de las auditorías externas a proyectos financiados por los mismos, de conformidad con los acuerdos técnicos celebrados por la Secretaría con dichos organismos, y | | IX. | Las demás que las disposiciones legales y administrativas le confieran y las que le encomiende el Secretario. | |
| Última actualización el Domingo, 14 de Noviembre de 2010 04:22 |