Lista de bienes y servicios que deberán ser considerados en
la aplicación de la reserva de 1000 millones de dólares
Bienes
1. Aceites, grasas y lubricantes.
2. Aceites y grasas comestibles.
3. Alimentos condimentados.
4. Calzado.
5. Celulosa y papel.
6. Conservas alimenticias.
7. Durmientes de madera.
8. Libros, mapas y otras publicaciones (no incluye dibujos y especificaciones adquiridas por SEDEMAR y SEDENA).
9. Equipos y aparatos electrónicos y de comunicaciones eléctricas.
10. Jabones.
11. Leche (no incluye las compras realizadas bajo los supuestos señalados en los incisos c) y f)
de la regla quinta de este Acuerdo).12. Luces para señalización.
13. Petardos para señalización (no incluye compras para la seguridad o defensa nacional).
14. Maíz industrializado (no incluye las compras realizadas bajo los supuestos señalados en los
incisos c) y f) de la regla quinta de este Acuerdo).15. Manufacturas eléctricas.
16. Maquinaria y equipo metalmecánico.
17. Pan.
18. Perfumes y cosméticos.
19. Platería y joyería.
20. Productos de hule.
21. Productos farmacéuticos, auxiliares para la salud y equipo médico (no incluye compras de fármacos y medicamentos patentados en México).
22. Vestido.
Servicios
1.- De consultoría.
2.- De bienes raíces.
3.- De computación y conexos.
4.- Relacionados con la construcción.
5.- Relacionados con la tributación (excluyendo los servicios legales).